A la espera de los resultados que vaya generando el comportamiento del nuevo modelo, ya se pueden anticipar determinadas reflexiones y conclusiones sobre el impacto que va a suponer el nuevo modelo en la realidad de los autónomos:
Obligación de declarar en el IRPF
La consecuencia directa del sistema de regularización anual es que, a partir de 2023, todos los autónomos deberán necesariamente presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Nivel de contribución
El nuevo sistema plantea cambios en el nivel de cotización de los autónomos dependiendo de los ingresos que se obtengan (cotizan más los que más ganan). En los tramos de la tabla general, se modifican las bases mínimas al alza (año a año), de forma que la cuota crece en la misma proporción. Para los tramos de la tabla reducida, las modificaciones suponen una reducción de las bases mínimas y máximas. En este sentido:
- Los autónomos con ingresos inferiores a 1.000 euros mensuales (60% de los autónomos) contarán con una reducción media del 30% de la cotización.
- Los autónomos con ingresos entre 1.300 y 1.700 euros mensuales contarán con niveles de cotización similar.
- Los autónomos con ingresos superiores a 1.700 euros mensuales verán aumentado su nivel de cotización. No obstante, es conveniente tener muy presente que el nivel de cotización en base mínima de estos tramos no supera en ningún caso el 60% de los rendimientos netos obtenidos.
- Uno de los principales motivos de preocupación y discrepancia con el sistema planteado por los autónomos es el coste económico que supone incrementar las cuotas, que evidentemente crecen en los tramos altos de rendimientos y especialmente en los años sucesivos (pudiendo llegar a duplicarse), pero también es cierto que los tramos intermedios prácticamente no se ven afectados y los tramos más bajos se benefician de reducciones proporcionalmente importantes.
- Por último, cabe destacar que a pesar de que se incrementen las bases y las cuotas, el nuevo sistema permite al autónomo aportar a la Tesorería General de la Seguridad Social un porcentaje menor sobre sus rendimientos netos de lo que corresponde cotizar a las empresas y sus trabajadores sobre los salarios brutos (aproximadamente un 37% para los trabajadores por cuenta ajena).
Tasas de cobertura
En la medida en que la decisión de los autónomos sea seguir cotizando en base mínima, las tasas de descobertura seguirán siendo en los primeros años muy relevantes.
Es obvio que el cambio del modelo no hará que los autónomos que cotizaban en base mínima pasen a aportar por el máximo del tramo, por lo que las comparaciones en la protección del sistema siempre serán sobre el mínimo posible en cada uno de ellos. Partiendo de este punto, al comparar los efectos del nuevo modelo con el anterior se puede observar que los niveles de descobertura se reducen especialmente en los tramos más altos, pero evidentemente no de forma sustancial debido a que el escenario de partida les resultaba muy desfavorable (con un nivel de desprotección que podía alcanzar hasta el 84%, por ejemplo, para un autónomo con rendimientos netos medios de 6.000 euros mensuales).
En resumen, a pesar de que el nuevo modelo de aportación obliga a los trabajadores por cuenta propia a incrementar sus bases de cotización, se observa como el nivel de protección del autónomo en estos primeros años, todavía depende más de su voluntad de asumir individualmente el coste de dichas coberturas que del propio modelo propuesto.