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Protección empresas por pérdida de socios clave: el saneamiento del balance

31 Agosto 2022
Protección empresas por pérdida de socios clave

El tejido empresarial español se caracteriza por estar integrado por empresas de reducida dimensión (el 97% de las mismas facturan menos de 2 millones de euros y el 95% emplean a menos de 9 trabajadores) y con un escaso nivel de capitalización (en muchos casos las empresas, no sus socios, no cuentan con recursos suficientes para hacer frente a las oportunidades y riesgos que su actividad o su sector generan.

A su vez, las estructuras societarias de las mismas suelen presentar sociedades con 1, 2 o 3 socios, lo que significa que la propiedad, el gobierno y la gestión y, en definitiva, la toma de decisión tiene un alto nivel de concentración; si “perdemos” a alguno de ellos, la empresa se enfrenta a riesgos que normalmente no están ni valorados ni siquiera identificados y el socio o socios supérstites se tienen que enfocar una situación sustancialmente diferente y que puede afectar muy seriamente a la consecución de los objetivos de negocio y, en algunos casos, a un escenario de disolución y liquidación plagado de incertidumbres.

El estado financiero de un gran número de empresas (en España las empresas presentan una deuda con el sector financiero superior a 960.000 millones de euros) y su alto endeudamiento supone para sus socios un riesgo que puede adquirir una dimensión inasumible en el caso de la pérdida de aquel que pueda ser ciertamente relevante para la obtención de los ingresos o de los márgenes.

Resulta, por ello, de capital importancia, identificar si la empresa tiene el citado riesgo, así como valorar las consecuencias económicas que para el devenir de la empresa y su cuenta de resultados pueda generar.

En el caso de que efectivamente se pueda contar con algún socio “clave”, se deberá, en primer lugar, analizar la deuda que se tenga así como su tipología (corriente y no corriente) y origen (acreedores y proveedores). El pasivo de una empresa se estructura en función del plazo en el que resulte exigible (no corriente -a más de 12 meses- y corriente -a menos de 12 meses). Conviene en este punto conocer el fondo de maniobra corporativo para hacer frente a sus obligaciones a corto plazo, así como identificar la deuda (con acreedores y proveedores) que no está asegurada por el fallecimiento de un socio.

En segundo lugar, si el socio o socios supérstites consideran que la continuidad de la empresa puede verse comprometida porque, tras perder “a su socio clave”, se puede llegar a reducir la capacidad de generar recursos y, en consecuencia, la de devolución de su deuda, una alternativa más que razonable puede ser dotarse de una estructura de protección (seguros de vida con asegurado el socio clave y beneficiaria la empresa) que permita “sanear” el balance (amortizar la deuda) y ganar “tiempo y oxígeno” para reformular la propuesta de valor con un cierto grado de fiabilidad y confort.

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